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	<title>Mate Dulce &#187; Resultados de la búsqueda  &#187;  llamar</title>
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	<description>De Argentina y del Mundo</description>
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		<title>902 para llamar gratis a Argentina</title>
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		<pubDate>Sun, 08 Oct 2006 20:39:26 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Matero</dc:creator>
				<category><![CDATA[Argentina]]></category>
		<category><![CDATA[España]]></category>
		<category><![CDATA[902]]></category>

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		<description><![CDATA[Un amigo nos va a ofrecer próximamente un 902 para poder llamar (casi) gratis a Buenos Aires, Rosario, Mar del Plata, y el resto del país desde España. No será gratuito, habrá que pagar el coste de un 902 que es el mismo de una llamada interprovincial, por lo que la llamada saldrá muy barata. [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><img id="image93" src="http://www.matedulce.es/wp-content/uploads/2006/10/telefono-902.gif" alt="902-llamar-argentina" align="right" hspace="15" vspace="15"/>Un amigo nos va a ofrecer próximamente un 902 para poder llamar (casi) gratis a Buenos Aires, Rosario, Mar del Plata, y el resto del país desde España.<br />
No será gratuito, habrá que pagar el coste de un 902 que es el mismo de una llamada interprovincial, por lo que la llamada saldrá muy barata.</p>
<p>La salida es sobre VoiP (Voice over IP, Voz sobre IP)</p>
<p>Próximamente les diré a través de qué número pueden llamar a la familia.</p>
]]></content:encoded>
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		<title>Cómo llamar a un móvil en Argentina desde España u otro país</title>
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		<pubDate>Thu, 14 Dec 2006 12:09:36 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Matero</dc:creator>
				<category><![CDATA[Argentina]]></category>
		<category><![CDATA[España]]></category>

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		<description><![CDATA[Para llamar a un móvil en Argentina tenés que marcar 00 54 9 11 15******* en caso que sea Buenos Aires. Tenés que agregar el código de la ciudad sin 0 por ejemplo para Baires 11 [tags]celular, celulares, moviles, movicom, bellsouth, personal, cti, movistar[/tags]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Para llamar a un móvil en Argentina tenés que marcar 00 54 9 11   15******* en caso que sea Buenos Aires. Tenés que agregar el código de la ciudad sin 0 por ejemplo para Baires 11</p>
<p>[tags]celular, celulares, moviles, movicom, bellsouth, personal, cti, movistar[/tags]</p>
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		<title>Un 902 para llamar (casi) gratis a Argentina</title>
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		<pubDate>Tue, 24 Oct 2006 21:22:30 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Matero</dc:creator>
				<category><![CDATA[Argentina]]></category>
		<category><![CDATA[España]]></category>
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		<description><![CDATA[Con el 902 947 192 podrás llamar a tu familia y amigos de Argentina tan barato como una llamada nacional. Te lo recomiendo, en mi opinión es uno de los mejores servicios de telefonía IP (VoIP) que hay en este moento. No se escucha grabación pero en cuanto te tienden marcás el número incluyendo 00 [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Con el <strong>902 947 192</strong> podrás llamar a tu familia y amigos de Argentina tan barato como una llamada nacional.<br />
Te lo recomiendo, en mi opinión es uno de los mejores servicios de telefonía IP (VoIP) que hay en este moento. No se escucha grabación pero en cuanto te tienden marcás el número incluyendo 00 + 54 + el código de localidad sin el cero + número de teléfono, y ya está. Es muy fácil</p>
]]></content:encoded>
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		<title>Cambios en la carta de invitación para entrar a España</title>
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		<pubDate>Sat, 16 Jun 2007 22:23:26 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Matero</dc:creator>
				<category><![CDATA[Argentina]]></category>
		<category><![CDATA[España]]></category>
		<category><![CDATA[Inmigrantes]]></category>
		<category><![CDATA[Sociedad]]></category>
		<category><![CDATA[Turismo]]></category>

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		<description><![CDATA[Se dificulta el ingreso de extranjeros extracomunitarios en calidad de turistas. En el BOE del pasado 11 de mayo de 2007 se publicó la Orden por la que se establecen los términos y requisitos para la expedición de la carta de invitación a favor de una persona extranjera. Dicha normativa entró en vigor ésta semana, [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Se dificulta el ingreso de extranjeros extracomunitarios en calidad de turistas. En el BOE del pasado 11 de mayo de 2007 se publicó la Orden por la que se establecen los términos y requisitos para la expedición de la carta de invitación a favor de una persona extranjera. Dicha normativa entró en vigor ésta semana, y aún se aprecia confusión por parte de los que desean invitar a amigos o familiares extranjeros, así como entre los funcionarios públicos</p>
<p>Con la nueva regulación que entró en vigor el día 11 de junio, se complica el procedimiento. La carta de invitación se debe solicitar en la Comisaría de Policía del lugar de residencia de la persona que invita, en vez de utilizar los servicios de un notario, como hasta el momento.</p>
<p>Además, para el año 2007 el turista debe ingresar con un mínimo de 57 euros por cada día que va a permanecer en España, y el monto total debe superar los 513 euros, desde que el pasado 12 de mayo entró en vigor la Orden de Presidencia que fija las cuantías mínimas de dinero que una persona extranjera extracomunitaria que viene como turista o en tránsito debe disponer al momento de su ingreso al territorio español.</p>
<p>La cuantía se fija en 10% del salario mínimo interprofesional por día de estancia y por persona. En el año 2007, esa cantidad es de 57 euros por día y como mínimo, tiene que disponer del equivalente al 90% del salario mínimo, es decir y para 2007, la cantidad de 513 euros.<br />
<span id="more-106"></span><br />
La disposición de ese dinero le puede ser requerida en la frontera. Se puede traer en efectivo, cheque certificado, cheque de viaje, carta de pago o tarjeta de crédito, acompañados del extracto de la cuenta bancaria o una libreta bancaria.</p>
<p>Están exentos de estos requisitos los estudiantes, los diplomáticos y quienes tengan una autorización de regreso o presenten un visado que les autorice a residir o trabajar en España.</p>
<p>Para regresar al país de procedencia o para trasladarse en tránsito a terceros países, se acreditará disponer del billete o billetes nominativos, intransferibles y cerrados, en el medio de transporte que pretendan utilizar.</p>
<p>Excepcionalmente, se contempla que los funcionarios responsables puedan permitir algunas entradas, reduciendo el tiempo de estancia en proporción a la cuantía de los recursos de que dispongan, mediante diligencia en el pasaporte que establezca la fecha límite de estancia. En este caso tendrá que aportar un nuevo billete de vuelta a su país cuya salida coincida con la diligencia.</p>
<p>Nueva &#8216;Carta de Invitación&#8217; realizada en la Policía de acuerdo a la ORDEN PRE/1283/2007, de 10 de mayo, por la que se establecen los términos y requisitos para la expedición de la carta de invitación de particulares a favor de extranjeros que pretendan acceder al territorio nacional por motivos de carácter turístico o privado:</p>
<blockquote><p>
1.-En la solicitud de carta de invitación debe constar:</p>
<p>- Nombre, apellidos, lugar y fecha de nacimiento, número de DNI o pasaporte, domicilio completo, en caso de quien invite tenga nacionalidad española.</p>
<p>- Nombre, apellidos, lugar y fecha de nacimiento, NIE o pasaporte y domicilio completo en caso de ser extranjera.</p>
<p>- Manifestación expresa de su voluntad de invitar y de acoger a la persona invitada, bien en su domicilio principal o en una segunda vivienda.</p>
<p>- Relación o vínculo que mantenga con la persona invitada</p>
<p>- Nombre, apellidos, lugar y fecha de nacimiento, nacionalidad, lugar de residencia, domicilio y número de pasaporte de la persona que se quiere invitar</p>
<p>- Período de estancia previsto, especificando el primer y el último día, por lo menos de manera aproximada.</p>
<p>- Declaración de que la información expuesta es verídica</p>
<p>- Tiene que hacer constar que está informado de que el Código Penal tipifica como delito el promover o favorecer el tráfico ilegal de inmigrantes; que es infracción muy grave el inducir, promover o facilitar con ánimo de lucro la inmigración clandestina; que los datos relativos a su identidad y los de la persona invitada serán incorporados a un fichero de la Dirección General de Policía y de la Guardia Civil.</p>
<p>- Documentación acreditativa de la disponibilidad de la vivienda: titulo de propiedad, contrato de alquiler.</p>
<p>2.- La policía nombrará un instructor del procedimiento</p>
<p>3.- El instructor podrá llamar al solicitante para tener una entrevista. La incomparecencia determinará el archivo de la petición</p>
<p>4.- La Comisaría de Policía notificará al interesado la resolución adoptada. Si es estimatoria le avisarán para que recoja la Carta. Para recogerla tendrá que abonar unas tasas.</p>
<p>Si la resolución es desestimatoria se le dará la posibilidad de recurrir.
</p></blockquote>
<p>Copiado de HispanoArgentinos</p>
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